lunes, 22 de abril de 2013


EL DIVORCIO ADMINISTRATIVO EN EL ESTADO DE DURANGO.

¿En qué consiste el divorcio administrativo?

En disolver el vínculo matrimonial y está dirigido a parejas que por mutuo acuerdo pretendan divorciarse.
Tienen que contar con la mayoría de edad, no tener hijos y que de común acuerdo hubieran liquidado la sociedad conyugal (si fuera el régimen por el cual se casaron).

¿Cuál es el trámite para el divorcio administrativo?

Se presentaran personalmente al registro civil donde contrajeron matrimonio, comprobaran con copias certificadas que son casados, mayores de edad y manifestaran de una manera terminante y explicita su voluntad de divorciarse.

El juez del registro civil, previa identificación de los consortes, levantara un acta, en que hará constar fehacientemente la solicitud de divorcio y citará a los cónyuges para que se presenten a ratificar dentro de 15 días. Si los consortes hacen la ratificación, el juez del registro civil los declarará divorciados levantando el acta respectiva y haciendo la anotación correspondiente en la del matrimonio anterior. El tiempo estimado es de 15 días a 30 días.

¿En qué casos no sufre efectos el divorcio administrativo?

No sufrirá efectos legales si se comprueba que los cónyuges tienen hijos, son menores de edad y no han liquidado su sociedad conyugal.




 

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