viernes, 8 de noviembre de 2013



PLATIQUEMOS SOBRE LOS DERECHOS QUE TIENEN NUESTRAS MASCOTAS EN EL ESTADO DE DURANGO

Antes que nada debemos entender que al momento de adquirir una mascota, sea comprada o adoptada esta va estar unida a nuestro núcleo familiar, al rededor de diez años como mínimo, dependiendo del tipo de mascota y de la misma forma va a requerir cuidados especiales como cualquier ser humano. Los factores más importantes por los cuales los dueños abandonan sus mascotas, son por que no tiene el cuidado de escoger a la mascota con las características adecuadas para su familia y solo se adquieren por moda, por apariencia al mes de nacidos, etc. otro de los factores, es el mal comportamiento de la mascota, debemos tomar en cuenta que requiere de un adiestramiento constante y sin maltratos. Adquirimos mascotas no pensando en cuanto van a crecer, que cantidad de alimento van a comer, las necesidades medicas, el lugar donde van a estar las mascotas, esto por mencionar algunos de los muchos horrores que cometemos al momento de adquirirlos.

Debemos tomar en cuenta, que la mascota debe contar con un collar de identificación el cual debe contener nombre de la mascota, nombre del propietario o cuidador, domicilio del propietario o cuidador y teléfono ya que en muchas ocasiones la mascota se pierde.

En el estado de Durango queda prohibido sacrificar animales que no sea para el consumo humano, excepto cuando exista una causa que lo justifique como enfermedad terminal, por causas de secuelas físicas ocasionadas por accidentes, que no les permita vivir sin dolor. (Art. 10 de la ley para la protección de los animales en el estado de Durango)

OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS DE ANIMALES DOMESTICOS

Toda persona que sea propietario o cuidador de un animal deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

I.- Proporcionara una vida digna con alimentos y agua diariamente para satisfacer sus necesidades elementales;

II.- Proporcionara un lugar limpio y saludable donde pueda vivir, con un espacio suficiente;

III.- Se vacunara anualmente y en las dosis necesarias al animal para que lleve una vida saludable y sin enfermedades;

IV.-se desparasitara al animal cada seis meses por lo menos;

V.- Se proporcionara las actividades físicas que mantengan al animal en las mejores condiciones;

VI.- En caso de hembras gestantes, deberán proporcionarle vitaminas necesarias para fortalecer su cuerpo y para que sus cachorros se desarrollen normalmente;

VII.- Los animales, deberán de tener un espacio de tierra par defecar, igualmente el propietario o cuidador, será responsable de evitar que la eces se queden en la vía y parques públicos, estando obligados a recogerlas, y

VIII.- En caso de envejecimiento natural, enfermedad dolorosa accidente grave, estado de agonía permanente, sus propietarios o cuidadores tendrán el derecho de decidir por una muerte digna. (Art. 25 de la ley para la protección de los animales en el estado de Durango)

Y recuerda Podemos juzgar el corazón de una persona por la forma en que trata a los animales. Immanuel Kant

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