Se presentaran personalmente al registro civil donde contrajeron matrimonio, comprobaran con copias certificadas que son casados, mayores de edad, manifestaran de una manera terminante y explicita su voluntad de divorciarse.
El juez del registro civil, previa identificación de los consortes, levantara un acta, en que hará constar fehacientemente la solicitud de divorcio y citara a los cónyuges para que se presenten a ratificar dentro de 15 días. Si los consortes hacen la ratificación, el juez del registro civil los declarara divorciados levantando el acta respectiva y haciendo la anotación correspondiente en la del matrimonio anterior. El tiempo estimado es de 15 días a 30 días.
No hay comentarios:
Publicar un comentario