lunes, 20 de mayo de 2013



ME DESPIDIERON SIN JUSTIFICACIÓN ¿CUÁLES SON MIS DERECHOS?

¿Qué es la relación de trabajo?

Se entiende por relación de trabajo, cuando un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando de un patrón.

 
¿Cuáles son las causas de recesión (despido)  de la relación de trabajo más importantes sin responsabilidad para el patrón?

I.                   Engañar al patrón o al sindicato, con certificados falsos o referencias en las que se atribuyan capacidades de las cuales carezca;

II.                 Que el trabajador incurra durante sus labores, en faltas de honradez, actos violentos, amagos, malos tratos hacia el patrón o sus familiares;

III.                Que el trabajador cometa contra sus compañeros algunos de los actos enumerados en la fracción anterior;

IV.                Que el trabajador intencionalmente cometa perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas;

V.                Que el trabajador por su imprudencia o descuido comprometa la seguridad del establecimiento o del personal;

VI.               Que el trabajador cometa actos inmorales o de hostigamiento;

VII.             Que el trabajador de a conocer secretos de fabricación o asuntos de carácter reservado;

VIII.            Que el trabajador cuente con más de tres faltas de asistencia por un periodo de 30 días, sin permiso del patrón.

 

¿A que monto económico tengo derecho?

El trabajador podrá solicitar ante la junta de conciliación y arbitraje a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeña, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón de que corresponda a la fecha en que se realice el pago, (según el artículo 48 de la ley federal de trabajo).

Si la relación de trabajo fuera por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicio prestados. (Esto en caso de que se pida la reinstalación y el patrón no la de)

Además de la prima de antigüedad que consiste en el importe de doce días de salario por cada año de servicio, así como también salarios caídos, parte proporcional de aguinaldo, prima vacacional, reparto de utilidades y posibles adeudos existentes como  horas extras y días de descanso.

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