viernes, 8 de noviembre de 2013




 
 
COMO CALCULAR UN FINIQUITO O UNA INDEMNIZACION EN MEXICO


Debemos saber que el trabajador o el patrón podrán rescindir la relación laboral en cualquier tiempo, por causa justificada sin incurrir en alguna responsabilidad (según el art. 46 LFT).


TENEMOS DERECHO A LAS SIGUINTES PRESTACIONES:

·         3 Meses de indemnización, se refiere a lo que se percibe mensual sumado tres veces.

·         12 días por año trabajado (prima de antigüedad), se refiere al importe que se recibe diario multiplicado por doce el resultado multiplicado por los años de servicio.

·         Aguinaldo, es la cantidad de aguinaldo que percibió en el último años entre 365, el resultado de esto será lo que corresponde por día trabajado de aguinaldo, se tendrá que multiplicar por los días transcurridos desde el primero de enero hasta la fecha de su despido. 
 
·         Vacaciones, son los días que trabajo desde el primero de enero a la fecha de su despido, entre 365 que son los días que tiene el año, por los días de vacaciones a los que tiene derecho por su salario diario.
 
·         Prima vacacional, los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que correspondan durante el periodo vacacional.

Es importante señalar, La Ley Federal de Trabajo dice si en el juicio correspondiente, el patrón no comprueba la causa de la recesión, el trabajador tendrá el derecho además de que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha de despido hasta un periodo máximo de doce meses.

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