COMO CALCULAR UN FINIQUITO O UNA INDEMNIZACION EN MEXICO
Debemos saber que el trabajador o el patrón podrán rescindir la relación laboral en cualquier tiempo, por causa justificada sin incurrir en alguna responsabilidad (según el art. 46 LFT).
TENEMOS DERECHO A LAS
SIGUINTES PRESTACIONES:
·
3 Meses de indemnización, se refiere a lo que se percibe mensual sumado
tres veces.
·
12 días por año trabajado (prima de antigüedad), se refiere al importe que
se recibe diario multiplicado por doce el resultado multiplicado por los años
de servicio.
·
Aguinaldo, es la cantidad de aguinaldo que percibió en el último años entre
365, el resultado de esto será lo que corresponde por día trabajado de
aguinaldo, se tendrá que multiplicar por los días transcurridos desde el
primero de enero hasta la fecha de su despido.
·
Vacaciones, son los días que trabajo desde el primero de enero a la fecha
de su despido, entre 365 que son los días que tiene el año, por los días de
vacaciones a los que tiene derecho por su salario diario.
·
Prima vacacional, los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de
veinticinco por ciento sobre los salarios que correspondan durante el periodo
vacacional.
Es importante señalar, La Ley Federal de Trabajo dice si en el juicio
correspondiente, el patrón no comprueba la causa de la recesión, el trabajador
tendrá el derecho además de que se le paguen los salarios vencidos computados
desde la fecha de despido hasta un periodo máximo de doce meses.
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