lunes, 17 de febrero de 2014


ME HEREDARON UNA PROPIEDAD PERO NO TIENE ENTRADA NI SALIDA A LA VÍA PUBLICA ¿QUÉ PUEDO HACER?


Debemos saber que todos tenemos derecho a que nuestra propiedad cuente con una entrada y salida a la vía pública, legalmente se conoce como servidumbre de paso, en caso de no contar con lo antes mencionado podemos exigirlo a los vecinos que rodean la propiedad, debemos tomar en cuenta que el vecino que de consentimiento de paso tiene el derecho de señalar en donde se construirá la entrada y salida de la propiedad.

Mediante un juicio se puede señalar (si así conviene el juez), que la servidumbre de paso que el vecino convino, es impracticable o muy gravoso, de esta manera el vecino estará obligado a señalar otra servidumbre de paso. 

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